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Traducción jurada de certificado de nacimiento

Traducción jurada de tu certificado de nacimiento extranjero al español, con plena validez ante el Ministerio de Justicia, el Registro Civil Central, las Subdelegaciones del Gobierno y los consulados de España. Habilitadas por el MAEC para los pares inglés-español y francés-español.

Traductores juradosHabilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Traducción jurada oficial con plena validez legal en España
  • Aceptada en la mayoría de administraciones y organismos oficiales
  • Plazos estándar, urgente y express disponibles · Fecha de entrega exacta antes de pagar
  • Tratamiento confidencial de tus documentos
  • Correcciones formales incluidas si el organismo lo solicita
Habilitados por el Ministerio5.0 en GooglePago seguro Stripe

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Tratamiento confidencial. Tus documentos solo se utilizan para preparar la traducción jurada y se eliminan tras la entrega.

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En detalle

Del certificado extranjero al expediente que acepta la administración española

¿Cuándo necesitas traducir un certificado de nacimiento extranjero?

El certificado de nacimiento es uno de los documentos que más veces aparece en los expedientes ante la administración española. Lo recibimos para los siguientes trámites con casi igual frecuencia:

  • Nacionalidad española por residencia. El expediente ante el Ministerio de Justicia exige aportar el certificado literal de nacimiento del solicitante, traducido al español y debidamente apostillado o legalizado. Es el primer documento que rechazan si el original no es el «literal» o si la apostilla está en orden incorrecto.
  • Nacionalidad española por opción (hijos de español, nietos de exiliados, sefardíes en la línea anterior a 2019). El certificado del solicitante y, en muchos casos, también el del progenitor o abuelo español.
  • Inscripción en el Registro Civil Central (Madrid) de los nacimientos de hijos de españoles ocurridos en el extranjero. Aunque pueda hacerse vía consulado, el certificado extranjero debe ir traducido al español.
  • Solicitud o renovación de NIE/TIE y autorizaciones de residencia donde se requiera acreditar filiación o estado civil.
  • Inscripción de matrimonio civil en España cuando uno o ambos contrayentes nacieron fuera. El Registro Civil exige el certificado literal de nacimiento de cada contrayente.
  • Procesos de adopción internacional ante los Registros Civiles españoles.
  • Trámites de doble nacionalidad (Hispanoamérica, Filipinas, Andorra, Portugal, Guinea Ecuatorial, sefardíes) donde se acreditan ascendencias.
  • Procedimientos académicos y profesionales que exijan acreditar fecha y lugar de nacimiento con documento original.
  • Sucesiones y herencias internacionales ante notarías españolas, donde se acredita la filiación de herederos.

Formato exacto que pide la administración española

La clave que rara vez se explica claramente: la administración española quiere el certificado literal, no el extracto. Cada país lo llama de una manera:

  • Reino Unido: long-form birth certificate — el de tamaño A4 con datos de ambos progenitores. El short-form (versión reducida, sin datos de los padres) no se acepta en España.
  • Estados Unidos: certified copy (no informational copy) del long-form birth certificate emitido por el Office of Vital Records del estado donde nació la persona. Algunos estados emiten también un certificate of live birth — Spain acepta el certified long-form.
  • Canadá: long-form birth certificate del Vital Statistics Office provincial. El short-form canadiense suele rechazarse.
  • Irlanda: full standard certificate of birth del General Register Office.
  • Australia: full birth certificate del Births, Deaths and Marriages Registry estatal.
  • Francia: copie intégrale de l'acte de naissance, emitida por la mairie del lugar de nacimiento o por el Service Central d'État Civil (SCEC) en Nantes para nacidos fuera de Francia.
  • Italia: certificato di nascita en formato integrale del Comune correspondiente.
  • Portugal: certidão de nascimento del Instituto dos Registos e do Notariado.
  • Alemania: Geburtsurkunde del Standesamt.
  • Países latinoamericanos: certificado del Registro Civil del país (Registro Civil de las Personas en Argentina, Registro Civil en México, Registro Civil Nacional en Colombia, etc.).
  • Marruecos: acte de naissance intégral o certificat de naissance del Bureau d'État Civil.

Si tu certificado es la versión corta y necesitas el literal, debes pedir la versión completa al organismo emisor antes de empezar el proceso de apostilla y traducción.

Apostilla, Reglamento UE 2016/1191 y legalización consular

Tres caminos diferentes según el país emisor:

1. País del Convenio de La Haya y NO de la UE → Apostilla

Casos típicos: Reino Unido, Estados Unidos, Canadá, Argentina, México, Brasil, Colombia, Chile, Australia, Nueva Zelanda. El certificado debe llevar la Apostilla de La Haya del organismo competente del país emisor antes de la traducción jurada. En el Reino Unido la apostilla la emite el FCDO (Milton Keynes); en Estados Unidos, el Departamento de Estado para documentos federales o el Secretary of State estatal para documentos estatales; en Canadá, Affaires mondiales Canada o las autoridades provinciales según el caso.

2. País de la UE → Reglamento UE 2016/1191 (vía sin apostilla)

Desde el 16 de febrero de 2019, los certificados de nacimiento, matrimonio y otros estados civiles emitidos por cualquier país de la UE circulan sin apostilla si vienen acompañados del formulario plurilingüe estándar que adjunta la mairie / Standesamt / comune / etc. junto al certificado. Solo necesitas la traducción jurada al español; la apostilla se sustituye por ese formulario.

Casos típicos: Francia, Italia, Alemania, Portugal, Bélgica, Países Bajos, Polonia, etc.

3. País no firmante del Convenio → Legalización consular

Casos típicos: ciertos países africanos y asiáticos. El certificado se legaliza por la vía diplomática a través del consulado de España en el país emisor (o del consulado del país emisor en España, según el caso). Trámite más largo, pero el resultado es plenamente válido en España. Una vez legalizado, la traducción jurada se hace sobre el documento ya legalizado.

Cómo es la traducción jurada que entregamos

Para cualquier certificado de nacimiento, nuestra traducción jurada:

  1. Reproduce íntegramente el contenido del original: nombre del recién nacido en el orden y grafía exactos del registro, fecha y hora de nacimiento, lugar (centro hospitalario, ciudad, división administrativa, país), nombres completos de ambos progenitores con sus datos de identificación, nombre del registrador, número de inscripción, fecha de emisión del certificado, y cualquier anotación marginal (matrimonios, defunciones, cambios de nombre, sentencias judiciales si las hay).
  2. Traduce íntegramente la apostilla o el formulario plurilingüe UE que acompaña al documento, ya que la administración española espera que ambos sean legibles en español.
  3. Incorpora la certificación oficial del traductor jurado: declaración firmada, sello con número de habilitación MAEC, y — en la versión electrónica — firma digital cualificada conforme a la Resolución del MAEC de 26 de julio de 2020.
  4. Refleja terminología específica del país de origen (registration district, informant, given names en UK; informant relationship to child, attendant at birth en US; officier de l'état civil en FR; etc.) con notas del traductor donde el lector administrativo español necesite contexto.

Formato y plazos de entrega

Entregamos la traducción en PDF firmado electrónicamente con la firma digital cualificada del traductor jurado, válido ante el Ministerio de Justicia, los Registros Civiles, las Subdelegaciones del Gobierno, los consulados, juzgados, notarías, universidades y administraciones autonómicas. Si tu trámite concreto requiere copia en papel con firma manuscrita y sello físico (algunas inscripciones en juzgados de paz rurales, ciertas notarías tradicionales), la enviamos por correo certificado tras la entrega digital.

El plazo estándar para un certificado de nacimiento — habitualmente una página, o dos si tiene anotaciones marginales — se calcula desde el momento del pago y se muestra exacto en el cotizador antes de pagar, con calendario laboral español. Para urgencias contamos con opciones de entrega más rápida.

Errores frecuentes a evitar

  • Pedir el certificado corto en vez del literal. La diferencia parece menor pero la administración española rechaza el extracto. Comprueba antes de pedir que es la versión literal/completa con datos de ambos progenitores.
  • Apostillar el documento equivocado. Algunos países emiten primero un certificado «provisional» o «memoradum» y luego el definitivo: la apostilla solo vale sobre el documento definitivo.
  • Caducar el certificado en mitad del trámite. Los expedientes de nacionalidad española exigen certificado emitido en los últimos seis meses. Si tu apostilla más tu traducción más tu cita administrativa suman más de seis meses desde la emisión del original, en la cita te lo rechazan.
  • Confundir el orden: apostilla primero, traducción después. Si traduces sin apostillar, hay que volver a traducir cuando llegue la apostilla — porque la apostilla también se traduce.
  • Discrepancias de nombre. Como decimos arriba, lo cubrimos con nota del traductor — pero si tienes pasaporte y DNI con grafías distintas (con o sin acentos, con o sin segundos apellidos), avísanos al subir el documento para añadir la nota correcta.

Organismos españoles que aceptan nuestra traducción

  • Ministerio de Justicia (nacionalidad por residencia, opción, sefardíes, doble nacionalidad)
  • Registro Civil Central (Madrid) — inscripción de nacimientos de hijos de españoles ocurridos en el extranjero
  • Registros Civiles municipales y consulares
  • Subdelegación del Gobierno y Oficinas de Extranjería (NIE, TIE, residencia)
  • Notarías (sucesiones, testamentos, escrituras donde se acredita filiación)
  • Universidades y colegios profesionales (homologación, habilitación)
  • Juzgados (procedimientos de familia, adopción)

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Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas

¿Necesito el certificado literal o vale el extracto?

Para la administración española se necesita el certificado literal (también llamado «completo» o «long form» según el país) — el que reproduce íntegramente los datos del asiento del registro, incluidos los nombres y apellidos de ambos progenitores, lugar y hora exactos del nacimiento, y anotaciones marginales si las hay. Los extractos cortos (UK short form, certificados resumidos de algunos países latinoamericanos) generalmente no son aceptados porque omiten datos que el Registro Civil español necesita.

¿Hay que apostillarlo antes de la traducción?

Depende del país emisor. Si el documento viene de un país firmante del Convenio de La Haya y no pertenece a la UE (Reino Unido, Estados Unidos, Canadá, Argentina, México, etc.), sí: necesita Apostilla de La Haya del organismo competente del país emisor antes de la traducción jurada. Si viene de un país de la UE (Francia, Alemania, Italia, Portugal, Bélgica, etc.), el Reglamento UE 2016/1191 permite presentarlo sin apostilla acompañado del formulario plurilingüe estándar de ese país. Si viene de un país no firmante del Convenio, requiere legalización por la vía consular. En caso de duda, escríbenos antes de encargar.

¿Cuál es la vigencia del certificado para usarlo en España?

Para procedimientos de nacionalidad española, el Ministerio de Justicia exige que el certificado se haya emitido en los últimos seis meses desde la presentación del expediente. Otros trámites (NIE, inscripción de hijos, matrimonio civil) suelen aceptar también hasta tres o seis meses según el organismo. La traducción jurada en sí no caduca: lo que caduca es el certificado original — si se renueva el original, hay que volver a traducir el nuevo.

Mi nombre en el certificado no coincide exactamente con mi NIE / DNI. ¿Es un problema?

Es una de las causas más frecuentes de rechazo administrativo y la cubrimos sistemáticamente. Si tu certificado lleva nombres y apellidos en un orden distinto al de tu documentación española, o sin acentos, con guiones tratados de forma distinta, o con partículas adheridas o separadas, añadimos una nota del traductor que vincula explícitamente ambas identidades. Eso evita que la administración rechace el expediente por aparente inconsistencia.

¿Vale la traducción jurada en PDF para presentar en Registro Civil?

Sí. La Resolución del Ministerio de Asuntos Exteriores de 26 de julio de 2020 reconoce la firma electrónica cualificada del traductor jurado como equivalente legal de la firma manuscrita y el sello físico. Tanto los Registros Civiles modernizados como los consulares aceptan el PDF firmado. Si tu Registro Civil concreto sigue exigiendo papel (algunos juzgados de paz rurales), te enviamos por correo certificado la copia física tras la entrega digital.

Documentos que traducimos

Documentación habitual con validez oficial

Traducción jurada de certificado de matrimonio para España

Para registro civil, reconocimiento del matrimonio y procedimientos familiares.

Traducción jurada de certificado médico para visado en España

Para visados no lucrativo, digital nomad, golden visa y estudiante (RSI-2005).

Traducción jurada de pasaporte y documentos de identidad

Pasaportes y documentos de identidad extranjeros para trámites en España.

Traducción jurada de título universitario para España

Para homologación, equivalencia y oposiciones en España.

Traducción jurada de expediente académico para España

Notas, créditos ECTS y programas de asignaturas para homologación.

Traducción jurada de antecedentes penales para España

Antecedentes penales extranjeros para NIE, residencia y nacionalidad.

Traducción jurada de antecedentes penales del FBI para España

FBI Identity History Summary para visados y residencia en España.

Traducción jurada de certificado ACRO británico para España

Certificado ACRO británico para extranjería y nacionalidad española.

Traducción jurada del B3 (casier judiciaire francés) para España

Bulletin n°3 del casier judiciaire — sin apostilla (Reg. UE 2016/1191).

Traducción jurada de sentencia judicial extranjera para España

Sentencias extranjeras para reconocimiento y exequátur en España.

Traducción jurada de poderes notariales para España

Poderes notariales otorgados en el extranjero para actuar en España.

Traducción jurada de escritura notarial extranjera para España

Escrituras notariales extranjeras (ventas, testamentos, sociedades).

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